RECOGIDA DE MENORES DURANTE LA JORNADA
El alumnado menor de edad que tenga que salir del centro durante la jornada escolar por motivos diversos será recogido por sus padres o por las personas autorizadas en el impreso correspondiente que se cumplimentó en el sobre de matrícula. Deben mostrar en Conserjería su DNI u otro documento identificativo.
Si se trata de un alumno/a sancionado con el derecho de asistencia al centro que viene a hacer un examen: este examen o exámenes se realizarán a 6ª hora (de 2 a 3 de la tarde) y serán vigilados por el profesor/a de guardia. Podrá usar transporte escolar sólo a la vuelta a casa.
INDUMENTARIA
La ropa y calzado del alumnado deberá ser la correcta para un centro educativo, evitándose ropa de playa en los días de calor. Para las clases de Educación Física debemos traer zapatillas adecuadas para realizar deporte y la indumentaria correspondiente. En el centro sólo se permite tener la cabeza cubierta en el exterior y en el caso de religiosidad o enfermedad. No se puede acudir al centro con camisetas impresas con mensajes soeces o que fomenten hábitos no saludables.
FALTAS DE ASISTENCIA
Deben justificarse al tutor/a usando el volante que aparece en la Agenda escolar o el documento que se puede descargar en esta web.
Ante cualquier falta de asistencia del alumno/a, los padres, madres, tutores/as o guardadores legales, deberán justificarla por escrito en los tres días siguientes, entregando el documento justificativo al tutor/a.
Faltas por enfermedad:
Ø Si la ausencia por enfermedad o visita médica comprende de 1 a 5 días al mes, consecutivos o no, se presentará justificante por escrito de los padres, madres, tutores/as o guardadores legales.
Ø Cuando la falta de asistencia al centro educativo por visita médica o por enfermedad sea de más de 5 días al mes, la justificación deberá estar apoyada por el informe médico correspondiente.
Ø Se considerará falta justificada por enfermedad prolongada la situación de los menores que se encuentran convalecientes en domicilio u hospitalizados por períodos superiores a un mes, y conste en el centro educativo el informe médico correspondiente.
A efectos generales, se contemplará un período de un mes de convalecencia como mínimo para poder solicitar la atención educativa domiciliaria, destinada al alumnado enfermo con imposibilidad de asistencia al centro educativo, por prescripción médica, tal y como establecen las Instrucciones de 14 de noviembre de 2013.
De manera excepcional, se podrán justificar aquellas situaciones en las que la familia exponga la imposibilidad de que su hijo/a asista a clase. Esta situación de excepcionalidad no podrá repetirse en el tiempo, salvo criterio razonado por parte del tutor/a.
Cuando estas faltas de asistencia sean muy numerosas y reiteradas, haya antecedentes de absentismo con permisividad de los padres, madres, tutores/as o guardadores legales, el/la profesor/a tutor/a o la jefatura de estudios podrá requerir a la familia una justificación adicional de carácter técnico-oficial. Si se considera necesario, el equipo directivo podrá realizar las actuaciones que considere oportunas para verificar la justificación de la falta de asistencia.
Cuando el motivo de las faltas de asistencia esté provocado por viaje, los padres, madres, tutores/as o guardadores legales, deberán firmar un documento en el centro donde conste tanto la fecha de partida como la fecha de regreso. Estas faltas quedarán registradas en Séneca como faltas injustificadas y, siempre que estén bien motivadas, no se dará inicio (en ese momento) al Protocolo de Absentismo.
Cuando llegada la fecha de regreso, el alumno/a no se haya incorporado al centro educativo, se iniciará protocolo de Absentismo.
Del mismo modo, en aquellos casos en que los padres, madres, tutores/as o guardadores legales viajen por causas de fuerza mayor y no cuenten con ninguna persona en quien puedan delegar el cuidado de los menores, debiendo viajar los menores con ellos/as, tendrán la obligación de justificar esta ausencia de manera fundamentada (motivos laborales, fallecimiento de familiar…).
El límite que se establece para estas ausencias es de siete días.
PROTECCIÓN DE DATOS
En los eventos que organiza el centro a los que asistan los familiares de los alumnos –como por ejemplo, las graduaciones-, es posible tomar imágenes y grabar vídeos exclusivamente para su uso personal y doméstico (actividades privadas, familiares y de amistad).
Las fotos o vídeos que se toman en el centro por parte del profesorado serán difundidas con fines didácticos en la revista del centro, en su página web, en el perfil del Facebook del instituto y en el canal de YouTube del centro. También pueden aparecer eventualmente en la prensa o en las páginas oficiales de la Delegación Territorial.
¿Puede el centro acceder a los móviles de los alumnos, a su whatsapp y redes sociales?
Dada la información que se contiene en los dispositivos con acceso a Internet, así como la trazabilidad que se puede realizar de la navegación efectuada por los usuarios, el acceso al contenido de estos dispositivos de los alumnos, incluyendo su clave, supone un acceso a datos de carácter personal que requiere el consentimiento de los interesados o de sus padres o tutores si se trata de menores de 14 años.
No obstante, en situaciones en las que pudiera estar presente el interés público, como cuando se ponga en riesgo la integridad de algún alumno (situaciones de ciberacoso, sexting, grooming o de violencia de género) el centro educativo podría, previa ponderación del caso, y conforme al protocolo que tenga establecido, acceder a dichos contenidos sin el consentimiento de los interesados.
USO DE MÓVILES
- Se prohíbe el uso de teléfonos móviles en el aula.
- Se prohíbe sacar fotos o vídeos de ningún tipo, ni selfies -ni siquiera con el consentimiento de nadie- en todo el centro.
- El alumno/a no puede llamar a sus padres o familiares con su móvil, salvo que le haya dado permiso un profesor/a.
- Se permitirá el uso de estos dispositivos si el profesor los autoriza y es con un fin pedagógico o didáctico. El profesorado nunca exigirá este material como requisito para la tarea. El profesorado vigilará especialmente que se realice un buen uso de ellos.
- En ningún caso el centro se hará responsable de la pérdida, sustracción, rotura o deterioro de este material.
En las actividades extraescolares el alumnado sí puede llevar sus teléfonos móviles, cámaras fotográficas, aparatos reproductores de música. Estos aparatos no pueden ser utilizados en los momentos que es requerida la atención del alumnado por el profesorado o los guías.
DIRECCIÓN/TELÉFONO
Recuerde que los padres tienen obligación de proporcionar al centro la dirección y el teléfono de contacto actualizados y operativos.
PROGRAMA DE GRATUIDAD DE LIBROS DE TEXTO
Es responsabilidad del alumnado la conservación y mantenimiento de los libros de texto pero también es un compromiso de las familias educar a sus hijos e hijas al respecto. No se puede escribir en los libros ya que son propiedad del centro y en caso de deterioro o pérdida será obligación de las familias su reposición.
SISTEMA DE PUNTOS
Para el control de su comportamiento, el alumnado dispone de un carnet con 15 puntos. Si el alumno/a incumple alguna norma del centro se le descontará puntos en función del tipo de actuación y su gravedad. Cuando el carnet queda a 0 puntos, el alumno/a es sancionado.
En cualquier caso, cada vez que al alumno/a se le registra una irregularidad, debe acudir necesariamente al comedor durante el recreo del día siguiente.
OTRAS CUESTIONES
En ningún caso se avisará a las familias en caso de olvido de material, trabajos, etc. por parte del alumnado.
En cualquier caso, si un padre/madre lleva algún material o el bocadillo a su hijo/a estos objetos permanecerán en Conserjería y el alumno/a podrá recogerlos allí durante el recreo.
El alumno/a que ha sido sancionado con la suspensión del derecho de asistencia al centro durante unos días no puede utilizar los servicios del centro: transporte, comedor o acompañamiento. Puede usar transporte escolar de vuelta a casa si ha venido a hacer un examen a la última hora.